Los Contratos Civiles en La Legislación Panameña



             

 Los Contratos Civiles en La Legislación Panameña.


En nuestra legislación panameña existen diversos tipos de contratos, que lo tipifica el Código Civil Panameño. El contrato civil existe desde que uno o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio de lo que respecta un contrato, siempre está la obligación de cumplirlo, por lo cual toda obligación crea: Vinculo jurídico; que es el nexo que liga al sujeto activo con el sujeto pasivo y coloca a este en la necesidad de ejecutar la prestación, positiva o negativa, aquel que tiene facultad para exigir. 

Entre dos o mas personas determinadas: un sujeto activo: (el acreedor) que es la persona que en razón del vinculo jurídico queda investida de un derecho personal para exigir del deudor que de, haga o no haga algo; puede ser singular o plural. Un sujeto pasivo; (el deudor) que es la persona que en razón al vinculo jurídico queda en la necesidad de dar, hacer o no hacer lo que el acreedor le exige y Una prestación, que según el art. 973 del código civil consiste en dar, hacer o no hacer una cosa.

                             TIPOS DE CONTRATOS.


Entre los contratos existentes puedo mencionar los siguientes: Compraventa, de arrendamiento, de la permuta, arrendamiento de obras y servicios, entre otros.


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